La Coctelera

Avalon

2 Noviembre 2005

¿Cuáles son las principales inconstitucionalidades del Estatut?

Aquí está por fin mi punto de vista sobre el Estatut ,que está mal y que debería borrarse ,nada de paja ,nada de cosas que no me gustan ,sino me gustan pero entran en la Constitución no pasa absolutamente nada ,hay miles de leyes Estatales que no me gustan pero si votan ahí están.
En este mininforme no habrá extremismos ni victimismos. Siguiendo el esquema del informe del PSOE he dividido el estudio en varias categorías.

-Derechos históricos.
El Gobierno de Cataluña se fundamente en la Constitución y en el Estatuto aún vigente ,no en los derechos históricos ya que estos no existen ,y solo tienen relevancia jurídica para Navarra y el País Vasco para cosas específicas como el concierto financiero ,al ser históricos ,sería una barbaridad algo que nunca ha sido ponerlo ahora y decir que es histórico ¿Que tiene de historia algo nuevo?

-Régimen lingüístico
El Estatut da a entender que el aranés es lengua cooficial en el Estado Español ,su mala redacción puede dar lugar a malentendidos.
Las previsiones en materia de conocimiento de la lengua catalana referidas a jueces, magistrados, fiscales y personal al servicio de la
Administración de Justicia, en cambio, no pueden incluirse en el texto
del Estatuto por tratarse de una materia reservada por la constitución a
la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Tampoco puede exigirse el
conocimiento de la lengua catalana a los notarios y registradores ejercientes en Cataluña ya que su estatuto jurídico es materia reservada a la competencia exclusiva del Estado. Está el Estatuto entrando a regular asuntos que no puede ni debe.
El deber de conocer el catalán que se impone a "todos" debe entenderse única y exclusivamente a los catalanes ,de nuevo volvemos a una mala redacción ,además no puede imponer nada a los órganos estatales ,recordemos que el Estatuto es para Cataluña no una ley para España.

-Derechos y deberes
La inclusión de nuevos derechos choca contra el principio constitucional de que todos los españoles son iguales ,ya que el Estatuto da derechos a los catalanes que los españoles no tienen. La defensa en los tribunales de los derechos difere de la general de todo el Estado ,por lo que es inconstitucional ,todos los españoles tienen los mismos mecanismos para que sus derechos se respeten y no puede haber una reglamentación distinta .

-Sistema institucional y fuentes del Derecho.
La Constitución determina que sujetos pueden ser refrendados ,el presidente de una comunidad autónoma no es uno de ellos por lo tanto el art. 67.4 es inconstitucional. El apartado 5 del artículo 67 tampoco resulta aceptable por cuanto que la condición de <> de la Generalidad conduce a que, en los actos en los que exista representación directa del Estado, deba aplicarse el orden de precedencias y el protocolo establecido por la legislación estatal.
La modificación de las provincias ,ahora transformadas en veguerías ,es competencia de ley estatal ,no de un Estatuto.
En cuanto al nuevo sistema judicial para Cataluña ,un Estatuto no puede regularlo ni definirlo ,debe ser la Ley órganica del Poder Judicial ,no parece bueno el Gobierno de la comunidad intente meter tanta mano en los jueces.

-Competencias
Las competencias que el Estatuto atribuye para Cataluña necesitan una previa modificación de la Constitución o en su defecto que el Estado las traspase ,no puede Cataluña por acción propia apropiarse de algo que el Estado esté actualmente ejerciendo .

-Unidad de mercado.
Destruir la unida de mercado es destruir la economía desde el principio de que la unidad de mercado es un límite para las competencias , algunos de los preceptos de la Propuesta en materia económica sobrepasan los límites constitucionales que se derivan de este principio. La Propuesta de Reforma contempla una amplia gama de competencias en materias de naturaleza o relevancia económica que en ocasiones soslaya las exigencias del principio constitucional de unidad de mercado.

-Financiación.
La financiación de una comunidad no se puede regular por Estatuto y mucho menos pretender que la nueva regulación de una competencia estatal tenga eficacia normativa directa sobre el resto de la financiación estatal.
Cataluña con este Estatuto recaudaría todos los impuestos y los gestionaría ,no hay ningún Estado Federal del mundo donde el Estado Central pierda todo el control por las implicaciones en la ineficacia económica que tendría este suceso.
Los principios que rigen la Financiación está en la Constitución y el Estatuto debe de aplicar lo mismos o no poner nada ,pero jamás cambiarlos ,el principio de solidaridad es inamovible.

-Bilateralidad.
Una comunidad autónoma no puede tener derecho a veto según nuestra Constitución ,tampoco existen preferentes para esto ,aunque si en la Edad Media existía el derecho de veto de las regiones pero no podía haber una que lo tuviera y 16 que no.
La relación de Cataluña con la Unión Europa no puede ser como diga el Estatuto ya que será la Unión Europa y todo los países que la integran como será la relación con esas regiones ,este Estatuto intenta ordenar a Europa como debe funcionar ,algo que quizás sea una empresa demasiado grande.
Siguiendo con la bilateralidad en este apartado el Estatuto rompe la Constitución y el sistema de gestión ,el Estado tiene unas competencias y Cataluña tiene otras ,actualmente en las competencias de Cataluña el Estado no puede decir nada y en las del Estado lo mismo ,con los nuevos principios Cataluña puede vetar actuaciones de competencias exclusivas del Estado ,lo que no queda claro es si las actuaciones de Cataluña podrán ser vetadas por el Estado en este nuevo sistema de Bilateralidad ,de no ser así ,que dudo personalmente que esa fuera la intención también ,no podría llamarse bilateralidad a un ente que tiene todos los derechos y otro que tiene menos derechos y pero más deberes ,ya no habría plano de igualdad.

Conclusión.
El Estatuto de sus muchos articulados tiene muchísimos inconstitucionales ,el problema es que si subsanan todos los problemas el Estatuto queda en nada ,por lo tanto sería mejor replanteárselo y hacer uno totalmente nuevo .Considero que todos los fallos que he observado del Estatuto no se pueden pasar por alto porque irían en contra del principio de legalidad . Pido responsabilidad a los grupos parlamentarios para que si algo va en contra de la ley no voten a favor ,porque entonces el Tribunal Constitucional tendrá hacer su trabajo y no será agradable para nadie.

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5 comentarios · Escribe aquí tu comentario

Dada

Dada dijo

Joder tío, qué buen resumen.

Es una pena que hierres (creo) la conclusión: ni el gobierno será responsable y defenderá la legalidad y el sentido común, ni el constitucional será ecuánime... todo dependerá de quién gobierne ante un eventual recurso.

Mal asunto esto del estatut, es una pena que nos pasemos la vida enfrentándonos.

2 Noviembre 2005 | 02:56 PM

Moisés

Moisés dijo

Lo que debe hacer el Gobierno es votar en contra del Estatut y volver a mandarlo a Cataluña para que hagan uno ,si quieren ,acorde a las reglas de juego ,porque está claro que sino es así ,nada impide que todas las comunidades autónomas también hagan Estatutos contrarios a la ley.

Aunque siempre espero que el Constitucional actue en consecuencia.

2 Noviembre 2005 | 03:14 PM

Dadá

Dadá dijo

Pues sí, a eso me refería.

Estoy de acuerdo contigo en que el gobierno debería votar en contra y devolverlo a cataluña.

Pero tras la intervención de zapatero en el congreso (esta misma tarde) ya es claro que no lo harán.

Veremos qué sucede en los debates posteriores en comisión.

¿Por qué confías tanto en el tribunal constitucional? A fin de cuentas los nombramientos están controlados por mayorías de carácter político.

No desconfío de la justicia, pues creo en este país es justa. Pero tiene fallos graves, en concreto cuando el objeto de pleito es una cuestión... digamos de "alta política"

2 Noviembre 2005 | 06:29 PM

Moisés

Moisés dijo

Todos los componentes del Tribunal Constitucional son juristas de reconocido prestigio ,de acuerdo ,tienen tendencias políticas ,pero jamás permitirán que algo que se regula por Ley Órganica lo regule un Estatuto por poner un ejemplo.

2 Noviembre 2005 | 08:18 PM

Dadá

Dadá dijo

Está bien, démosles una oportunidad.

(Oye, y gracias por responder... no es muy habitual)

2 Noviembre 2005 | 09:00 PM

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